Lo que nadie te dijo antes de comprar una moto o una cicla eléctrica.
Se volvieron parte del paisaje. Ciclas eléctricas repartiendo domicilios, patinetas cruzando el parque, motos eléctricas que arrancan sin hacer ruido y aparecen a tu lado cuando menos lo esperas. La movilidad eléctrica dejó de ser una promesa de futuro y hoy es una realidad cotidiana en Palmira, en Cali y en todo el país.
Y con ella llegó una confusión gigantesca: mucha gente compró pensando que “como no es de gasolina, no necesita papeles”. Esa idea ya le está costando plata a más de uno.
La Ley 2486 de 2025 puso las reglas sobre la mesa. Define los vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana como medios de transporte individual impulsados por energía eléctrica, pensados para el entorno urbano y con potencia que no supere los 1.000 W. Y traza una línea divisoria que conviene aprenderse de memoria.
De un lado están los vehículos verdaderamente livianos. Si el aparato pesa menos de 60 kilos incluyendo la batería, o si pesando más no puede superar los 40 km/h, la ley es explícita: no se requiere ni puede exigirse matrícula ante organismo de tránsito, ni SOAT, ni licencia de conducción. Ahí entran la mayoría de bicicletas eléctricas y patinetas.
Del otro lado está la moto eléctrica de verdad. Si el vehículo tiene características de motocicleta —peso, potencia, velocidad— las exigencias son idénticas a las de cualquier moto de combustión. Sin excepciones y sin descuentos por ser ecológica.
Eso significa revisión técnico-mecánica vigente, SOAT activo, licencia de conducción categoría A1 y equipo de protección completo: casco certificado, chaqueta reflectiva y guantes. Y hay una regla de circulación que se rompe todos los días: estos vehículos tienen prohibido transitar por andenes, zonas peatonales y ciclorrutas. Su lugar es la calzada, ocupando un carril completo como cualquier otro automotor.
¿Y si no cumples? Las cifras de 2026 no son simbólicas. Conducir sin licencia o sin SOAT vigente es falta tipo D: 30 salarios mínimos diarios, cerca de $1.750.000. No tener la revisión técnico-mecánica es la infracción C.35: 15 salarios mínimos diarios, unos $875.000. Y no portar la licencia o tenerla vencida son 8 salarios mínimos diarios, alrededor de $466.000. Súmale los patios y entenderás por qué el “me salía más barato” no siempre es cierto.
Ahora bien, esto no es un ataque a la movilidad eléctrica. Todo lo contrario. Menos ruido, menos emisiones, menos costo por kilómetro y menos dependencia de la gasolina son ventajas reales que la ciudad necesita. El problema no es la tecnología: es entrar a la vía sin saber en qué categoría estás.
Y hay algo que ninguna ley cubre y que sí depende de ti: el silencio. Una moto eléctrica no se anuncia. El peatón que siempre confió en el oído no te va a escuchar, el ciclista tampoco y el conductor del carro menos. Eso te obliga a ser más visible y más predecible que nadie. Usa luces incluso de día, ropa clara o reflectiva, señaliza con anticipación y asume que el resto de la vía no sabe que estás ahí. Ser un actor vial responsable en un vehículo silencioso significa exactamente eso: compensar con visibilidad lo que perdiste en ruido.
Antes de comprar, pregunta tres cosas: cuánto pesa con batería, qué velocidad máxima alcanza y qué dice la ficha técnica del fabricante. Con esas tres respuestas sabes si necesitas papeles o no, y te ahorras la sorpresa en el primer retén.
En Palmimotos CDA Palmira seguimos siendo especialistas en motos 2T y 4T y estamos atentos a cómo evoluciona la normativa de movilidad eléctrica. Si tienes dudas sobre en qué categoría cae tu vehículo, pregúntanos: es mejor resolverlo en el mostrador que en la vía.
